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    Sorteo compartido de 100 000 $ «7» (el «Sorteo»)

     

    REGLAMENTO OFICIAL

     

    NO ES NECESARIO REALIZAR NINGUNA COMPRA PARA PARTICIPAR O GANAR. NINGUNA COMPRA O PAGO DE NINGÚN TIPO NO AUMENTARÁ SUS POSIBILIDADES DE GANAR.

     

    1. FECHAS DEL SORTEO: El sorteo comienza a las 12:00:00 a. m., hora estándar del Pacífico («PST»), del 1 de septiembre de 2025 y finaliza a las 11:59:59 p. m., PST, del 2 de diciembre de 2025 (el «periodo del sorteo»). A efectos de estas Reglas Oficiales, todas las horas se indican en hora del Pacífico.

     

    2. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN: Abierto a residentes legales permanentes de los cincuenta (50) estados de Estados Unidos y del Distrito de Columbia que tengan dieciocho (18) años o más (salvo en los siguientes casos: diecinueve (19) años o más en Alabama y Nebraska; veintiún (21) años o más en Misisipi) a la fecha de participación, y a los residentes legales de Canadá (excluido Quebec), que hayan alcanzado la mayoría de edad legal en su jurisdicción de residencia a la fecha de participación (el «Participante»). Los empleados, directivos y consejeros actuales y antiguos de Shared Sweeps LLC (el «Patrocinador»), sus filiales, empresas relacionadas, entidades comerciales y organizaciones sin ánimo de lucro con las que el Patrocinador haya mantenido una relación comercial en relación con la oferta de este Sorteo («entidades comerciales participantes» y «organizaciones sin ánimo de lucro participantes»; tal y como se establece en www.sharedsweeps.com), o de agencias de publicidad/promoción de cualquiera de las anteriores, incluyendo, entre otras, a National Sweepstakes Company, LLC (el «Administrador Independiente») (denominadas colectivamente en el presente documento «Entidades del Sorteo»), así como sus familiares directos (cónyuges, hermanos, hijos y padres, independientemente de dónde vivan) o miembros del mismo hogar (sean o no familiares) de dichos empleados, directivos y consejeros, no podrán participar. Para mayor claridad, cualquier persona que reciba una remuneración del Patrocinador por promocionar el Sorteo —incluidos afiliados, patrocinadores e influencers— SÍ es elegible para participar en el Sorteo. Se aplican todas las leyes y normativas federales, estatales, provinciales/territoriales y locales. El Sorteo no es válido en Quebec, fuera de los cincuenta (50) estados de Estados Unidos y el Distrito de Columbia y Canadá, y en cualquier otro lugar donde esté prohibido o restringido por ley.

     

    3. PARA PARTICIPAR: El Patrocinador ofrecerá el Sorteo en colaboración con determinadas entidades comerciales y organizaciones sin ánimo de lucro participantes, tal y como se identifica en los materiales digitales e impresos que anuncian el Sorteo. Tal y como se explica a continuación, el Patrocinador ofrece únicamente UN premio del Sorteo en colaboración con todas esas entidades comerciales y organizaciones sin ánimo de lucro participantes. Para ver la lista de entidades comerciales y organizaciones sin ánimo de lucro participantes, visite www.sharedsweeps.com.

     

    A continuación se indican las formas de participar en este sorteo:

     

    A TRAVÉS DE COMPRA/DONACIÓN

    Cada dólar gastado o donado = 1 participación. Visite el sitio web o el establecimiento físico de una entidad comercial participante y realice una compra de cualquier producto válido (incluida una suscripción)1 (el «Sitio web») o el sitio web de una organización sin ánimo de lucro participante, rellene el formulario con toda la información requerida y realice una donación utilizando un método de pago válido.2 Por cada 1 USD de compra de un producto válido o donación (para residentes en Canadá, 1,39 CAD de compra/donación válida) realizada durante el plazo especificado (tal y como se indica en el sitio web de la entidad comercial, en la tienda, en el Sitio web o en el sitio web de la organización sin ánimo de lucro, según sea el caso), el Participante recibirá una (1) participación. Para mayor claridad: si se realiza una compra/donación que no sea a través del sitio web de la entidad comercial participante o de la organización sin ánimo de lucro, o de un establecimiento minorista de la entidad comercial participante, no se recibirá ninguna participación en relación con la misma. En el caso de las participaciones mediante compra o donación, no se registrará ninguna participación si (a) la transacción correspondiente es nula y no se acepta por cualquier motivo (por ejemplo, uso no autorizado de la tarjeta de crédito) o (b) la entidad comercial participante o la organización sin ánimo de lucro (según sea el caso) no registra toda la información necesaria para emitir la participación o participaciones en relación con la transacción correspondiente; El patrocinador, el administrador independiente, las entidades comerciales participantes y las organizaciones sin ánimo de lucro participantes no asumirán ninguna responsabilidad en relación con la no recepción de la participación o participaciones por dichos motivos.

    Multiplicador. Como complemento a las participaciones adicionales descritas en«Participaciones adicionales por compras o donaciones» más adelante, dependiendo de la entidad comercial o organización sin ánimo de lucro participante, el número de participaciones recibidas mediante compras o donaciones que cumplan los requisitos podrá multiplicarse, tal y como se indica en el sitio web de la entidad comercial o organización sin ánimo de lucro correspondiente o en la tienda de dicha entidad comercial.3

     

    Participaciones adicionales por productos o colecciones: Además: (a) Si el importe total de la compra o donación válida es de al menos 1,00 USD/1,39 CAD, el participante podrá recibir participaciones adicionales en función del importe total de la compra o donación válida, tal y como se indica junto con lacompra o donación válida³; (b) si la compra válida incluye un artículo especialmente designado, el participante recibirá participaciones adicionales en función del precio de compra de dicho artículo, tal y como se indica junto con lacompra o donación válida³.

     

    Participaciones adicionales por el importe del pedido. Las empresas pueden ofrecer participaciones adicionales al realizar una compra por el importe indicado. Las participaciones adicionales recibidas vendrán determinadas por el importe del pedido, tal y como se indica en la página web de la empresa o organización sin ánimo de lucro correspondiente, o en la tienda física de dicha empresa.3

     

    Participaciones extra por código promocional. Las empresas pueden proporcionar a los clientes un código promocional que ofrezca participaciones extra o un multiplicador para el pedido. Los códigos promocionales pueden incluir o no un descuento en el producto. Si se aplica un descuento, el número total de participaciones se aplicará al importe de la compra tras el descuento.

     

    Artículo 2X. Los participantes que compren un artículo específico, tal y como se indica en la página web de la entidad comercial o organización sin ánimo de lucro correspondiente, o en la tienda física, recibirán el doble (2x) del número total de participaciones del pedido.

     

    Para evitar cualquier duda, todas las participaciones de bonificación, cupones, descuentos y participaciones dobles se suman una vez aplicado el multiplicador.

     

    1. Paraparticipar mediante la compra de un producto válido: (a) el importe gastado incluye las compras de tarjetas regalo, los impuestos y los gastos de envío y gestión, según corresponda; (b) es posible que el participante deba subir un comprobante de compra (por ejemplo, un recibo) o rellenar campos de datos adicionales en un formulario de participación como condición para que se acepten sus participaciones; y (c) si se devuelven los artículos adquiridos mediante una compra válida (se emita o no un reembolso), se anularán todas las participaciones recibidas en relación con dicha compra.

     

    2El Patrocinador no ofrece ninguna declaración, garantía o aval de ningún tipo de que el Participante vaya a recibir una deducción fiscal u otro beneficio benéfico en relación con la donación a la organización sin ánimo de lucro participante; la disponibilidad de dicho beneficio benéfico es una cuestión que debe resolverse exclusivamente entre el Participante, en calidad de donante, y la organización sin ánimo de lucro participante, en calidad de beneficiaria. (Por lo tanto, es posible que el Participante desee consultar con su contable u otro profesional fiscal antes de solicitar cualquier beneficio benéfico de este tipo en relación con la realización de una donación.) EL PATROCINADOR NO ACTÚA COMO RECAUDADOR DE FONDOS PROFESIONAL NI COMO SOLICITANTE BENÉFICO, NI RECIBE PAGOS DE ORGANIZACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO POR PARTICIPAR EN ESTE SORTEO.

     

    3. Se recomienda consultar la página web o en la tienda ANTES de realizar la compra o donación de productos válidos para determinar el número de participaciones obtenidas en virtud de cualquiera de los multiplicadores indicados anteriormente. El patrocinador se reserva el derecho a modificar uno o varios de los multiplicadores disponibles o a eliminarlos por completo durante el periodo correspondiente.

     

    A TRAVÉS DE MEDIDAS VARIAS DISTINTAS DE COMPRAS/DONACIONES: Se podrá recibir un número determinado de participaciones por realizar acciones específicas distintas de la compra o donación, según lo establecido por una entidad comercial o organización sin ánimo de lucro participante. A modo de ejemplo, dichas acciones pueden incluir registrarse en el sitio web de unaentidad comercial uorganización sin ánimo de lucro; descargar la aplicación de una entidad comercial u organización sin ánimo de lucro; suscribirse a comunicaciones por correo electrónico y/o SMS de una entidad comercial u organización sin ánimo de lucro; completar una encuesta informativa para la entidad comercial u organización sin ánimo de lucro. En todos los casos, la acción especificada debe completarse de acuerdo con las instrucciones adjuntas como condición para recibir las participaciones correspondientes. ANTES de realizar cualquier acción, se recomienda revisar cuidadosamente las instrucciones y tomar nota del número de participaciones disponibles por realizar dicha acción. Una persona puede recibir un máximo de cien (100) participaciones por entidad comercial u organización sin ánimo de lucro mediante la realización de acciones.

     

    MÉTODO ALTERNATIVO DE PARTICIPACIÓN («AMOE»): Para participar en el Sorteo sin realizar una compra válida en un establecimiento participante ni hacer una donación a una organización sin ánimo de lucro participante: en una postal normal de 10 x 15 cm (NO SE ACEPTARÁN PARTICIPACIONES EN SOBRES), escriba a mano de forma legible con tinta negra su nombre, apellidos, dirección completa, ciudad, estado/provincia/territorio, código postal, número de teléfono (incluido el prefijo), fecha de nacimiento y dirección de correo electrónico y envíela a: «Shared Sweeps $100,000 7» Giveaway, PO Box 429, Newark NY 14513. Cada postal válida dará lugar a nueve (9) participaciones en el sorteo. Para recibir el doble (2x) de participaciones, escriba a mano «DOUBLE» en la esquina inferior izquierda de la tarjeta postal. Para recibir cinco veces (5x) más participaciones, escriba a mano «MULTIPLIER» en la esquina inferior derecha de la tarjeta postal. NO SE ACEPTARÁN SOBRES. Las participaciones deben tener matasellos de fecha anterior al 3 de diciembre de 2025 y recibirse antes del 10 de diciembre de 2025. Las participaciones enviadas o completadas por cualquier persona que no sea el Participante serán nulas. No se aceptarán reproducciones mecánicas. Todas las participaciones enviadas pasarán a ser propiedad exclusiva del Patrocinador y no serán confirmadas ni devueltas. Las Entidades del Sorteo no se hacen responsables de las participaciones enviadas por correo que se pierdan, lleguen tarde, se envíen a una dirección incorrecta, sean ilegibles, tengan franqueo insuficiente o estén dañadas.

     

    NOTA: NO TODAS LAS EMPRESAS O ORGANIZACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARTICIPANTES PARTICIPARÁN EN TODAS LAS FORMAS DE PARTICIPACIÓN (INCLUIDAS, ENTRE OTRAS, VARIAS ACCIONES DISTINTAS DE COMPRA/DONACIÓN SEGÚN LA SUBSECCIÓN B ANTERIOR). CONSULTE WWW.SHAREDSWEEPS.COM PARA VER LA LISTA DE EMPRESAS PARTICIPANTES Y CONSULTE CON CADA EMPRESA PARA CONOCER LOS MÉTODOS DE PARTICIPACIÓN A TRAVÉS DE LOS CUALES PUEDE OBTENER PARTICIPACIONES A TRAVÉS DE DICHA EMPRESA PARTICIPANTE.

     

    Independientemente del método de participación, las participaciones enviadas o completadas por cualquier persona que no sea el participante serán nulas. Independientemente del método de participación, hay un límite de siete mil quinientas (7.500) participaciones por participante durante el periodo del sorteo.

     

    Independientemente del método de participación, el Patrocinador, el Administrador Independiente, las entidades comerciales participantes y las organizaciones sin ánimo de lucro participantes NO se hacen responsables de ninguna participación que sepierda, llegue tarde, se envíe a una dirección incorrecta o no pueda entregarse, ya sea debido a errores del sistema, omisiones, interrupciones, eliminaciones, defectos, retrasos en las operaciones o transmisiones, robo o destrucción o fallos, transmisiones defectuosas u otras averías de telecomunicaciones, inscripciones no recibidas como consecuencia de fallos de hardware o software de cualquier tipo,conexiones de redperdidas o no disponibles, transmisiones informáticas o telefónicas fallidas, incompletas o distorsionadas, errores tipográficos o del sistema y fallos, transmisiones defectuosas, averías técnicas o cualquier otra causa.

     

    Sin limitación alguna, el Patrocinador se reserva el derecho, a su entera discreción, de descalificar a cualquier Participante cuya cuenta en redes sociales, a su exclusivo criterio, haga referencia, represente o refleje de cualquier modo de forma negativa al Patrocinador, al Sorteo o a cualquier otra persona o entidad; no cumpla con estas Bases Oficiales; o si el Patrocinador recibe notificación sobre posibles infracciones o incumplimientos de la ley, o por cualquier otro motivo establecido en el presente documento. El Patrocinador y/o el Administrador Independiente no verificarán la recepción de las participaciones.

     

    Todas las participaciones enviadas pasarán a ser propiedad exclusiva del Patrocinador y no se acusará recibo ni se devolverán. En caso de controversia sobre la identidad de la persona que haya enviado una participación, se considerará que esta ha sido enviada por el Titular Autorizado de la Cuenta (definido más adelante) de la dirección de correo electrónico vinculada a la cuenta desde la que se realizó la compra, donación o registro asociado a dicha participación. Se entiende por «Titular Autorizado de la Cuenta» la persona física a la que el proveedor de acceso a Internet, el proveedor de servicios en línea u otra organización (por ejemplo, una empresa, una institución educativa, etc.) ha asignado una dirección de correo electrónico, y que es responsable de asignar direcciones de correo electrónico para el dominio asociado a la dirección de correo electrónico enviada. Se podrá solicitar al Participante que proporcione al Patrocinador una prueba de que es el Titular Autorizado de la cuenta de la dirección de correo electrónico asociada a la participación. Para las participaciones a través de los métodos A o B (este último, según corresponda), cualquier acuse de recibo de la compra/donación/registro no será vinculante para el Patrocinador, la entidad comercial participante/organización sin ánimo de lucro o el Administrador Independiente bajo ninguna teoría jurídica. Cualquier intento por parte de un Participante de participar en este Sorteo utilizando cuentas múltiples o diferentes, o cualquier otro método, podrá anular las participaciones del Participante y dar lugar a su descalificación, a la entera discreción del Patrocinador. Queda prohibido el uso de cualquier sistema automatizado para participar en el Sorteo y podrá dar lugar a la descalificación. La prueba del envío de la participación no constituye prueba de su recepción ni prueba de la participación. No se aceptarán participaciones tardías ni aquellas enviadas por cualquier otro método distinto a los indicados anteriormente.

     

    4. GANADORES/PROBABILIDADES: Se celebrará un (1) sorteo aleatorio alrededor del 11 de diciembre de 2025, en el que se seleccionará a un (1) ganador del gran premio (el «Ganador del Gran Premio») de entre todas las participaciones válidas recibidas durante el periodo del sorteo. Para evitar cualquier duda, las participaciones válidas recibidas a través de todos los métodos de participación se incluirán en el mismo sorteo aleatorio. Las probabilidades de ganar el gran premio («Gran Premio») dependerán del número total de participaciones válidas recibidas a través de todos los métodos de participación durante el Periodo del Sorteo. El sorteo aleatorio será realizado por el Administrador Independiente, cuyas decisiones se basarán en su entera discreción e interpretación de estas Reglas Oficiales y serán definitivas y vinculantes en todos los aspectos.

     

    5. PREMIO:

     

    GRAN PREMIO: Se otorgará un (1) Gran Premio de 100 000 USD. En última instancia, el Gran Premio que se otorgue será determinado por el Patrocinador en función del premio anunciado por la entidad comercial participante. La entidad comercial participante podrá anunciar su propio Gran Premio y determinar todos los elementos que se otorgarán como Gran Premio. El Gran Premio otorgado, con todos sus elementos, ascenderá a un total de 100 000 USD. El Gran Premio que se otorgará se determinará en función de la entidad comercial que haya recibido la participación ganadora, a menos que se trate de una participación AMOE, en cuyo caso el Gran Premio que se otorgará será determinado por el Patrocinador. El Gran Premio no puede ser sustituido, cedido ni transferido, salvo a la entera discreción del Patrocinador o según se disponga lo contrario en el presente documento. El Ganador del Gran Premio está obligado a cumplir con todas y cada una de las leyes, normas y reglamentos federales, estatales, provinciales y locales aplicables. El ganador del Gran Premio es el único responsable de cualquier gasto no incluido en el presente documento relacionado con la aceptación y el uso del Gran Premio. No se otorgará más de un (1) Gran Premio, tal y como se establece en estas Reglas Oficiales.

     

    6. RECLAMACIÓN DEL PREMIO: Se notificará al ganador del gran premio a través de los datos de contacto facilitados en el momento de la inscripción (a discreción del administrador independiente) en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas a partir de la fecha del sorteo. El posible ganador del Gran Premio deberá firmar y devolver al Administrador Independiente una declaración jurada de elegibilidad/exención de responsabilidad/autorización de publicidad en el formulario facilitado por el Administrador Independiente (la «Exención») y el formulario W-9 del IRS (residentes en EE. UU.) o W8-BEN (residentes en Canadá) para poder reclamar el Gran Premio (en conjunto, los «Documentos Requeridos») dentro del plazo indicado en la Notificación. Si el posible ganador del Gran Premio no firma y devuelve los Documentos Requeridos dentro del plazo establecido, perderá su derecho al Gran Premio y se podrá seleccionar al azar a un ganador alternativo del Gran Premio de entre todas las participaciones elegibles restantes que no hayan resultado ganadoras durante el Periodo del Sorteo, a discreción del Administrador Independiente y si el tiempo lo permite. Si el posible ganador del Gran Premio es residente en Canadá, deberá responder correctamente, sin ayuda de ningún tipo, ya sea mecánica o de otro tipo, a una pregunta de habilidad matemática con límite de tiempo; de no hacerlo, quedará descalificado, y se podrá seleccionar al azar a otro posible ganador del Gran Premio de entre las participaciones elegibles restantes no ganadoras recibidas durante el Periodo del Sorteo, a discreción del Administrador Independiente y si el tiempo lo permite.

     

    El Gran Premio está sujeto a tributación como ingresos, tal y como exige la legislación aplicable, y el Ganador del Gran Premio es el único responsable de cualquier impuesto que grave dicho premio, incluidos, entre otros, todos los impuestos federales, estatales, provinciales y locales aplicables. El Administrador Independiente deberá comunicar el valor del Gran Premio al IRS en el año en que el Ganador del Gran Premio lo reciba, y se notificará al Ganador del Gran Premio y al IRS mediante un formulario 1099 o 1042S. En caso de que durante el proceso de verificación se considere que el posible ganador del Gran Premio no dispone de un número de la Seguridad Social único, personal y válido para que el Patrocinador (o cualquier parte que actúe en su nombre) declare la obligación tributaria asociada a la aceptación del Gran Premio, el posible ganador del Gran Premio será descalificado y se podrá seleccionar al azar a otro posible ganador del Gran Premio de entre las participaciones elegibles restantes no ganadoras recibidas durante el Periodo del Sorteo, a discreción del Administrador Independiente y si el tiempo lo permite. Los números de la Seguridad Social válidos se determinarán según los requisitos del IRS.

     

    7. GENERAL: Al participar en este sorteo, cada participante acepta: [a] cumplir y someterse a las presentes Bases Oficiales y a las decisiones del Patrocinador y del Administrador Independiente, que serán definitivas en todos los aspectos relacionados con el sorteo, incluida, entre otras cosas, la interpretación de las presentes Bases Oficiales; [b] eximir de responsabilidad al Patrocinador, sus filiales y empresas vinculadas; a las entidades comerciales y organizaciones sin ánimo de lucro participantes; las agencias de publicidad o promoción de cualquiera de los anteriores, incluido el Administrador Independiente; y a los directivos, consejeros, empleados, agentes, representantes, accionistas, sucesores y cesionarios de cualquiera de los anteriores; de cualquier lesión, responsabilidad, pérdida, daño, derecho, reclamación y acción de cualquier tipo, incluida la responsabilidad por lesiones personales o muerte que resulten de su participación en el Sorteo o de la aceptación, uso o mal uso del premio; y [c] si resulta ganador del premio, al uso de su nombre, voz, imagen, semejanza, ciudad/estado/provincia/territorio de residencia, información biográfica de dominio público y otros indicios de su persona con fines publicitarios, promocionales y de marketing por parte del Patrocinador y sus designados (incluidas las entidades comerciales participantes y las organizaciones sin ánimo de lucro) sin previo aviso ni compensación (a menos que lo prohíba la ley) y, salvo donde esté prohibido y sin compensación adicional, a otorgar su consentimiento específico para dicho uso si se le solicita.

    El patrocinador, sus filiales y empresas vinculadas; Meta Platforms Inc., las entidades comerciales participantes, las organizaciones sin ánimo de lucro; las agencias de publicidad o promoción de cualquiera de las anteriores, incluido el Administrador Independiente, y cada uno de sus respectivos directivos, consejeros, empleados, agentes, representantes, accionistas, sucesores y cesionarios no se hacen responsables y no responderán por: [a] errores de transmisión electrónica que den lugar a omisiones, interrupciones, supresiones, defectos, retrasos en las operaciones o la transmisión, robos o destrucción; [b] el acceso no autorizado o la alteración de los materiales de participación; [c] fallos técnicos, de red, de equipos telefónicos, electrónicos, informáticos, de hardware o de software; o [d] limitaciones de cualquier tipo o transmisiones inexactas o la imposibilidad de recibir información por parte del Patrocinador (o de la entidad comercial participante/organización sin ánimo de lucro) debido a problemas técnicos o a la congestión del tráfico en Internet o en cualquier sitio web, o a cualquier combinación de los mismos. El Patrocinador, las entidades comerciales participantes, las organizaciones sin ánimo de lucro y/o el Administrador Independiente no se hacen responsables de las participaciones perdidas, tardías, incompletas, incorrectas, dañadas, mal dirigidas o ilegibles, ni de ninguna circunstancia causada por acontecimientos ajenos al control del Patrocinador (y/o del Administrador Independiente y/o de cualquier entidad comercial participante y/o de cualquier organización sin ánimo de lucro) que puedan provocar la interrupción o la alteración del Sorteo. El Patrocinador podrá prohibir a un Participante participar en el Sorteo o ganar el premio si, a su entera discreción, determina que dicho Participante está intentando socavar el funcionamiento legítimo del Sorteo mediante trampas, engaños u otras prácticas de juego desleales, o con la intención de molestar, abusar, amenazar o acosar a cualquier otro Participante, al Patrocinador, a cualquier entidad comercial participante o al Administrador Independiente. Las participaciones que contengan información falsa, estén incompletas, sean inexactas o, de cualquier otra forma, estén falsificadas, sean defectuosas o se hayan realizado fuera de los canales autorizados, incluidas aquellas que hayan fallado debido a un mal funcionamiento o fallo de teléfonos, líneas telefónicas, sistemas o redes telefónicas, servidores, proveedores, equipos informáticos, software o cualquier combinación de los mismos de cualquier tipo, cualquier error humano o de otro tipo, serán nulas. Sin limitación alguna, lo anterior incluye transacciones de compra ficticias (y/o reseñas falsas de productos adquiridos en dichas transacciones, en la medida en que sea aplicable) o cualquier tergiversación en cuanto a si un Participante accedió al Sorteo desde la publicación o página en línea de un Afiliado/Patrocinador/Influencer o cualquier otra persona a la que el Patrocinador remunere por promocionar el Sorteo.

     

    PRECAUCIÓN: CUALQUIER INTENTO POR PARTE DE UNA PERSONA DE DAÑAR O PERJUDICAR DELIBERADAMENTE EL DESARROLLO LEGÍTIMO DEL SORTEO O DE ESTAFAR AL PATROCINADOR, A LAS EMPRESAS PARTICIPANTES, ORGANIZACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO O AL ADMINISTRADOR INDEPENDIENTE EN RELACIÓN CON ELLO PUEDE CONSTITUIR UNA INFRACCIÓN DE LAS LEYES PENALES Y CIVILES Y, EN CASO DE QUE SE REALICE DICHO INTENTO, TANTO EL PATROCINADOR COMO LAS ENTIDADES EMPRESARIALES PARTICIPANTES, las organizaciones sin ánimo de lucro y el administrador independiente se reservan el derecho de reclamar indemnizaciones y daños y perjuicios (incluidos los honorarios de abogados) a dicha persona en la medida máxima permitida por la ley, incluyendo el enjuiciamiento penal. EL HECHO DE QUE EL PATROCINADOR O EL ADMINISTRADOR INDEPENDIENTE NO HAGA CUMPLIR CUALQUIER TÉRMINO DE ESTAS REGLAS OFICIALES NO CONSTITUIRÁ UNA RENUNCIA A ESTAS DISPOSICIONES. Si, por cualquier motivo, este Sorteo, a juicio exclusivo del Patrocinador, no pudiera desarrollarse según lo previsto, incluyendo, entre otros, por motivos de infección por virus informáticos, manipulación, fraude, fallos técnicos o cualquier otra causa que, a juicio exclusivo del Patrocinador, corrompa o afecte a la administración, seguridad, imparcialidad, integridad o correcto desarrollo de este Sorteo, el Patrocinador se reserva el derecho, a su entera discreción, de cancelar, dar por terminado, modificar o suspender este Sorteo y limitar las participaciones a aquellas enviadas antes de la medida tomada, o de proceder de la manera que el Patrocinador considere justa y equitativa a su entera discreción. El aviso de dicha medida se publicará en los sitios web de todas las entidades comerciales y organizaciones sin ánimo de lucro participantes. Se aplican todas las normativas federales, estatales, provinciales/territoriales y locales. EN LA MEDIDA EN QUE LO PERMITA LA LEY, LOS PARTICIPANTES ACEPTAN QUE: (1) CUALQUIER CONTROVERSIA, RECLAMACIÓN Y/O CAUSA DE ACCIÓN QUE SURJA DE O ESTÉ RELACIONADA CON ESTE SORTEO O EL PREMIO OTORGADO SE RESOLVERÁ DE FORMA INDIVIDUAL, SIN RECURRIR A NINGUNA FORMA DE ACCIÓN COLECTIVA Y DE CONFORMIDAD CON LAS LEYES DEL ESTADO DE NUEVA YORK, EE. UU., SIN TENER EN CUENTA LOS PRINCIPIOS DE CONFLICTO DE LEYES; (2) CUALQUIER CONTROVERSIA, RECLAMACIÓN O CAUSA DE ACCIÓN DEBERÁ PRESENTARSE EXCLUSIVAMENTE ANTE UN TRIBUNAL DEL ESTADO DE NUEVA YORK UBICADO EN ROCHESTER, NUEVA YORK, EE. UU., O ANTE EL TRIBUNAL DE DISTRITO DE LOS ESTADOS UNIDOS PARA EL DISTRITO OCCIDENTAL DE NUEVA YORK, SITUADO EN ROCHESTER, NUEVA YORK, EE. UU., ACEPTANDO EL PARTICIPANTE LA JURISDICCIÓN PERSONAL DE DICHOS TRIBUNALES Y RENUNCIANDO A CUALQUIER RECLAMACIÓN DE CAMBIO DE JURISDICCIÓN, FORUM NON CONVENIENS O SIMILAR; (3) CUALQUIER RECLAMACIÓN, SENTENCIA O LAUDO SE LIMITARÁ A LOS GASTOS REALES INCURRIDOS, INCLUIDOS LOS GASTOS ASOCIADOS A LA PARTICIPACIÓN EN ESTE SORTEO, SI LOS HUBIERA, PERO EN NINGÚN CASO EL PARTICIPANTE TENDRÁ DERECHO A RECIBIR HONORARIOS DE ABOGADOS NI A RECUPERAR DAÑOS PUNITIVOS, EJEMPLARES, INCIDENTALES O CONSECUENCIALES, NI A NINGÚN TIPO DE MEDIDA CAUTELAR O EQUITATIVA.

     

    8. POLÍTICA DE PRIVACIDAD: Al participar en el Sorteo, cada Participante da su consentimiento para que el Patrocinador recopile, utilice y distribuya su información personal con el fin de implementar, administrar y llevar a cabo este Sorteo y, si se da el consentimiento en el momento de la inscripción, con fines de marketing. El Patrocinador utilizará toda la información personal de acuerdo con su Política de Privacidad, disponible aquí: www.sharedsweeps.com/privacy/. LLas empresas y las organizaciones sin ánimo de lucro pueden tener políticas y prácticas diferentes, y las preguntas al respecto deben dirigirse a dichas empresas u organizaciones, en lugar de al Patrocinador.

     

    9. PATROCINADOR: Shared Sweeps LLC, 30 N. Gould St., Ste. N, Sheridan, WY 82801. Las empresas y organizaciones sin ánimo de lucro participantes han patrocinado el sorteo junto con Shared Sweeps LLC. Para consultar la lista de empresas y organizaciones sin ánimo de lucro participantes, visite sharedsweeps.com.

    10. ADMINISTRADOR INDEPENDIENTE: National Sweepstakes Company, LLC, 1143 East Union St, Newark, NY 14513.

     

    {Cualquier pregunta relacionada con el sorteo debe dirigirse al administrador independiente o al patrocinador, y no a ninguna de las empresas participantes ni a las organizaciones sin ánimo de lucro.}

     

    11. SOLICITUD DE LA LISTA DE GANADORES: Para recibir el nombre del ganador del gran premio, envíe un sobre con su dirección y franqueo pagado (tamaño comercial) a: «Shared Sweeps $100K Giveaway 6» Winners List Request, PO Box 458, Newark, NY 14513. Las solicitudes deben recibirse antes del 12 de enero de 2026.

     

    12. BASE OFICIAL: Visite el sitio web de cualquier empresa u organización sin ánimo de lucro participante para obtener una copia de estas bases oficiales durante el periodo del sorteo.

    «Ni Apple Inc., ni Google LLC, ni Meta Platforms Inc., ni las entidades relacionadas con los premios que otorga una entidad comercial, han patrocinado, ofrecido ni se han relacionado de ninguna otra forma con el sorteo «Shared Sweepstakes $100,000 Giveaway 2025». Toda la información se facilita exclusivamente al patrocinador».

    Este sorteo no podrá publicarse sin el permiso por escrito del patrocinador.

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    Garantía limitada para Estados Unidos y Canadá.

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